Tenga en cuenta lo siguiente: el tribunal no se comunica con los posibles miembros del jurado o con los miembros activos del jurado para pedir información personal como números de seguro social o números de tarjetas de crédito.
El servicio como jurado es un elemento vital del tribunal. Como miembro del jurado, usted desempeña un papel importante para garantizar que el proceso judicial se lleve a cabo de manera justa e imparcial.
La Constitución de los Estados Unidos y del estado de Nuevo México garantizan el derecho a un juicio por jurados. El jurado puede constar de seis o doce personas, según el tribunal y del tipo de caso.
Todo ciudadano que reúna los requisitos para votar, que tenga una licencia válida para conducir emitida por el estado de Nuevo México o que declare impuestos a los ingresos personales en Nuevo México puede ser citado para servir como jurado.
Si recibió una citación por correo, deberá completar el Formulario de Calificación como jurado y el Cuestionario del jurado en línea disponible en https://jurorportal.nmcourts.gov/. Para ingresar al sitio web del jurado, deberá usar su número de identificación como jurado y su fecha de nacimiento. Si no puede ingresar con su número de identificación de jurado y su fecha de nacimiento, comuníquese con la Oficina del Jurado.
A menos que reciba del tribunal una tarjeta que lo exima de asistir al servicio en calidad de jurado, usted DEBE comparecer ante el tribunal en la fecha indicada en su citación. La acción de no presentarse para cumplir con el servicio como jurado una vez recibida la citación se llama Incomparecencia. Las penas incluyen multas de $500 o hasta seis (6) meses de cárcel. (NMSA 1978, 31-19-1)
Usted recibirá, en el mes de convocatoria y por medios electrónicos, una citación para el servicio como jurado por correo electrónico o mensaje de texto. Revise su citación o póngase en contacto con la División de Jurado para obtener más ayuda. Información de contacto: División del Jurado del Tribunal de Distrito: 575-528-8308 División del Jurado del Tribunal Menor: 575-524-2814
A continuación, podrá encontrar y leer los estatutos del estado de Nuevo México relacionados con la convocatoria de jurados: Estatutos 38-5-1 al 38-5-19.
El jurado representa al tribunal y debe vestirse de manera cómoda y conservadora para evitar distraer a los demás con su vestimenta. Los pantalones de jean son aceptables. Se considera inapropiado en las salas del tribunal usar pantalones cortos, camisetas sin mangas, chancletas, ropa que deje ver el abdomen, sombreros, anteojos de sol y pantalones con roturas. No se exige a los hombres usar saco y corbata. Pedimos que los agentes de policía, bomberos y otros funcionarios públicos o agentes del orden público se abstengan de presentarse con el uniforme para servir como jurado. Debido a que la temperatura varía en las salas del tribunal, se recomienda llevar prendas que se puedan poner y quitar cuando sea necesario.
No se permitirá traer a las salas del tribunal ni a la sala del jurado teléfonos celulares, buscapersonas, grabadoras, cámaras, comida o bebidas (incluidas las botellas de agua), materiales para tejer o bordar, tijeras, cuchillos, herramientas, pistolas ni material de lectura. El alguacil pondrá teléfonos a disposición del jurado en caso de que sea necesaria la comunicación.
El estatuto estatal que describe la obligación de los empleadores es: NMSA 1978 38-5-18. Se prohíbe al empleador castigar al empleado cuando este cumple su servicio en calidad de jurado: ningún empleador podrá privar a un empleado de su trabajo, ni amenazar o de otro modo coaccionar al empleado, porque este reciba un citatorio para servir como jurado, responda al citatorio, sirva como jurado o asista al tribunal para cumplir su servicio como posible jurado.
38-5-19 Pena. Todo empleador que, ya sea individualmente o por medio de su agente, infrinja la sección 38-5-18 NMSA 1978 de esta ley es culpable de un delito menor.
Pagos para el jurado La Orden de la Corte Suprema de Nuevo México N.º 17-8500-018, del 21 de agosto de 2017, autoriza al tribunal a pagar por el servicio de jurado a razón de $12 por hora de servicio. Además, se pagará por las millas recorridas de ida y vuelta desde el domicilio del miembro del jurado hasta el juzgado a razón de $0.29 por milla. Las millas se calcularán por medio de la información proporcionada en el Formulario de Calificación como jurado y el código postal del domicilio. Los cheques se enviarán a la dirección postal. El pago por las horas y por las millas no se podrá efectuar por separado. Los miembros del jurado deberán consultar con sus empleadores para conocer su política interna con respecto al servicio como jurado y a la remuneración. En general, los pagos de reembolso tardan 6 semanas en procesarse. Si no recibe su pago dentro de las 6 semanas posteriores al servicio como miembro del jurado, póngase en contacto con la División de Jurado. Los miembros del jurado pueden renunciar al pago por las horas o al reembolso por las millas, si así lo desean. Para ello, deberá llenar la sección correspondiente del Formulario de Certificación y Renuncia del Jurado durante la sesión de orientación para el jurado. Los miembros del jurado no recibirán un formulario W-2 ni un formulario 1099 al final del año, a menos que reciban más de $600 de remuneración por su servicio. Empleados Públicos Conforme a las pautas de la Oficina Administrativa de los Tribunales para el jurado: “Ningún empleado público, incluidos los empleados del gobierno estatal y local u otras subdivisiones políticas del estado, será remunerado personalmente por el servicio como jurado durante el horario normal de trabajo. Si el empleador gubernamental exige que se pague remuneración por su servicio de jurado, el pago se enviará directamente al empleador gubernamental. El pedido de reembolso deberá hacerse por escrito”.
Los jurados juzgan los hechos tanto en casos penales como civiles. En los casos penales, el jurado determina si el acusado es culpable o inocente de la comisión de un delito. En los casos civiles, el jurado decide sobre disputas relacionadas con dinero, bienes y otras cosas de valor.
Los miembros seleccionados no deben tener conocimientos personales de los hechos del caso en particular, ya que esto podría influir en su decisión. Para esto, el juez y los abogados les hacen preguntas a los posibles miembros del jurado sobre sus relaciones familiares y las partes del caso o los abogados para saber si existe alguna relación entre ellos o si conocen a las partes o a los abogados y los hechos del caso. Este proceso se llama “voir dire”, que significa “decir la verdad”. Si esa relación o esos conocimientos pudieran influir en la decisión de un jurado sobre el caso, dicho miembro del jurado quedará excluido de él.
La recusación de jurados es uno de los aspectos más importantes de todo juicio, por lo que es extremadamente importante responder de manera sincera y franca a las preguntas del juez y de los abogados. Los jurados podrán ser seleccionados o rechazados por muchos y diversos motivos, ninguno de los cuales recae en la persona en sí. Si no son elegidos para formar parte del jurado, los jurados no deben tomarlo como un agravio personal. Si sucediera que las preguntas hechas por el juez o los abogados resultaran ofensivas, el jurado podrá pedir el permiso del tribunal para negarse a contestar.
Una vez seleccionado el jurado, cada miembro seleccionado del jurado debe jurar o afirmar que pronunciará un veredicto basado en la ley y en las pruebas de la manera en que estas se presenten durante el juicio.
Luego de ser seleccionados, los miembros del jurado recibirán una tarjeta de identificación que deberán usar mientras estén en el juzgado. Si salen del edificio durante un receso o para comer, deben quitarse la tarjeta de identificación para que no quede a la vista del público.
El alguacil, la División de Jurado o la Oficina del Actuario les proporcionarán a los miembros del jurado que así lo soliciten un certificado de asistencia al servicio como jurado para presentarle al empleador. El certificado indicará la hora de llegada y la hora a la que le permitieron retirarse.
Los miembros del jurado participan tanto en casos penales como civiles. Los casos penales son presentados por la Oficina del Fiscal de Distrito de Nuevo México o, en algunos casos, por una ciudad o condado, contra una persona acusada de cometer un delito. Esa persona es inocente hasta que el jurado determine lo contrario de manera unánime. Los casos civiles varían de alguna manera con respecto a los casos penales en que la disputa es entre personas, organizaciones comerciales o entidades gubernamentales, como el estado, un condado o una municipalidad. Generalmente, una de las partes, llamada la Parte demandante, hará un reclamo por daños contra la otra parte del caso, la Parte demandada. En algunos casos, la Parte demandada también hará un reclamo por daños contra la Parte demandante, algo llamado contrademanda. En ocasiones, hay una tercera parte, llamada Tercero demandado, que también participa en el proceso y puede solicitar una indemnización u otro tipo de reparación por daños y perjuicios. En los casos civiles, el jurado determina la cantidad de dinero o el valor de la indemnización por daños que se debe otorgar. Tanto en casos civiles como penales, luego de presentarse las pruebas, se le da al jurado una explicación de la ley correspondiente al caso y otras instrucciones. Esto generalmente va seguido de los argumentos finales o declaraciones de los abogados. Entonces se le pide al jurado que delibere y llegue a un veredicto de la manera indicada por el juez.
Las pruebas suelen presentarse en la sala en forma de preguntas y respuestas. Los abogados o una de las partes interrogan a un testigo y las respuestas se convierten en las pruebas que considera el jurado. A veces, el juez prohíbe que un testigo conteste una pregunta para evitar que el jurado conozca pruebas inapropiadas. Los abogados pueden objetar ciertas pruebas y el juez entonces decide si las pruebas pueden presentarse ante el jurado. El jurado no debe considerar como prueba ninguna declaración hecha por un testigo o por un abogado que el juez determinara que es una prueba inapropiada. Al escuchar el testimonio, el jurado debe considerar si el testigo es o no veraz. Es importante que la decisión o el veredicto del jurado no se base en pruebas falsas. Para determinar los hechos del caso, junto con el testimonio y otras pruebas apropiadas que hayan sido admitidas, se deben considerar todos los documentos, fotografías y objetos admitidos como pruebas. También puede pedirse que el jurado considere pruebas en forma de declaraciones juradas, que son declaraciones hechas por un testigo antes del juicio. Estas declaraciones son leídas por las partes o los abogados y son tan importantes como cualquier otra prueba.
Los miembros del jurado permanecen sentados durante todos los procedimientos que tienen lugar en la sala, excepto cuando el alguacil o el juez les piden que se pongan de pie. La actitud y la conducta de cada miembro del jurado durante el juicio son tan importantes como la actitud y la conducta del juez, de los abogados de las partes y de los testigos. Debido a que el jurado tiene el importante deber de decidir los hechos verdaderos y aplicar a esos hechos la ley correspondiente a ese caso en particular, es importante que cada miembro entienda los hechos y aplique la ley correspondiente para lograr un resultado apropiado. Es importante que los miembros del jurado lleguen a la hora programada para el comienzo del caso. Los miembros del jurado deben estar atentos durante todo el juicio. Si un miembro del jurado no puede oír o ver las pruebas presentadas, es el deber de ese miembro del jurado hacérselo saber al juez para que se puedan hacer las adaptaciones necesarias. Los miembros del jurado no pueden conversar del caso con nadie, incluidos los demás miembros del jurado, y si alguien trata de hablar del caso con un miembro del jurado, es el deber de dicho miembro informar al juez de la situación por medio del alguacil. Se prohíbe conversar sobre las pruebas, los testigos o cualquier otro aspecto del caso con familiares y amigos. El jurado debe evitar las noticias sobre el juicio, ya sean por radio, televisión, periódicos u otras publicaciones escritas. Los miembros del jurado no pueden inspeccionar el lugar de los hechos de los que trata el juicio, a menos que el juez específicamente permita ver el lugar de los hechos. Esto es importante porque el lugar donde ocurrió el incidente podría haber cambiado totalmente con respecto a lo que era en el momento en que ocurrieran los hechos. Solo en raras ocasiones el jurado debe permanecer fuera de su casa por un período continuo durante un juicio. Pueden salir para volver a casa por la noche, pero no pueden conversar del caso con nadie, ni siquiera con familiares. A los jurados se les podría permitir tomar notas.
Una vez que el juez le proporciona al jurado la ley que se aplica al caso, es el deber del jurado, asumido bajo juramento, seguir la ley de la manera explicada por el juez y aplicarla a los hechos presentados en el juicio. La manera en que el jurado delibera en la sala de deliberaciones está totalmente bajo el control del jurado. El jurado debe primero elegir a un delegado. Una vez que los miembros del jurado eligen al delegado, se recomienda que este actúe como moderador para conducir los procedimientos que ha de seguir el jurado durante las deliberaciones. El delegado del jurado emite solo un voto y no se le debe permitir que influya en los demás miembros del jurado. El voto de cada miembro del jurado debe reflejar la opinión personal. Ningún miembro del jurado debe permitir que lo presionen u obliguen a tomar una determinada decisión. Cada miembro del jurado debe considerar detenidamente las opiniones y las razones de los demás jurados y evitar tener una actitud obstinada para demostrar que está en lo cierto. Puede suceder que un miembro del jurado no esté de acuerdo con la ley explicada por el juez en las instrucciones para el jurado. Ningún desacuerdo con respecto a la ley debería afectar la decisión del jurado. El jurado no toma decisiones sobre la ley, sino que determina los hechos verdaderos. El deber del jurado es escuchar atentamente al juez, a los testigos y a los abogados, deliberar con calma y de manera justa, y decidir de manera inteligente y justa.
En los casos penales, se requiere que todos los miembros del jurado estén de acuerdo para llegar a un veredicto. En los casos civiles, si el jurado consta de doce personas, diez o más deben estar de acuerdo con el veredicto. Si el jurado consta de seis personas, cinco o más deben estar de acuerdo con el veredicto. Una vez que el jurado ha llegado a un veredicto, el delegado del jurado le notifica al alguacil que el jurado está listo para dar su veredicto ante el juez.
Las preguntas de los miembros del jurado que no puedan resolverse entre ellos podrán presentarse ante el juez por medio de una nota donde se indique la pregunta. La nota debe doblarse de manera que no pueda verla nadie. Entonces, se le entrega al alguacil para que este se la entregue al juez. Los miembros del jurado deben hacer el mayor esfuerzo posible para resolver todas las preguntas entre ellos mismos, con el fin de evitar cualquier influencia externa, incluso del juez.
Es posible que los miembros del jurado deban sentarse y esperar en algunos momentos antes y durante un juicio. Generalmente, el juez y los abogados dedican ese tiempo para considerar asuntos legales y hacer una determinación justa acerca de los derechos de las personas implicadas o para ahorrar tiempo más tarde durante los procedimientos. Sin embargo, puede ocurrir con frecuencia que el juez sea llamado para atender otros asuntos de emergencia. A veces pueden surgir conflictos de horarios que produzcan retrasos. El tribunal está constantemente buscando e implementando nuevas maneras de eliminar o evitar que los jurados deban esperar innecesariamente. El tribunal agradece cualquier sugerencia sobre cómo podría mejorar el proceso.
The Judicial Branch of New Mexico includes thirteen district courts, 54 magistrate courts, 81 municipal courts, Bernalillo County Metropolitan Court, Supreme Court, Court of Appeals, probate courts, and additional specialty courts to serve all New Mexicans.
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